Resolución Nacional de Emergencia Agropecuaria por Sequía

La Sociedad Rural Choele Choel comunica a los productores que deberán presentar el número de certificado anterior para poder solicitar el nuevo.

La nueva Resolución, publicada en el Boletín Oficial del día miércoles 12 de noviembre, expresa lo siguiente:

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución 796/2014

Dase por prorrogado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Río Negro.

Buenos Aires, 3/11/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0040645/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.509 y su Decreto Reglamentario Nº 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 30 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de RIO NEGRO, mediante el Decreto Provincial Nº 197 de fecha 20 de febrero de 2014 prorrogó desde el 22 de abril de 2014 hasta el 21 de abril de 2015 el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía para el sector ganadero bovino, ovino y caprino en los Departamentos Adolfo Alsina, General Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio Oeste, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu.

Que el citado Decreto Provincial Nº 197/14 prorrogó la condición de emergencia y/o desastre agropecuario que a su vez había sido prorrogada desde el 22 de abril de 2013 hasta el 21 de abril de 2014, por el Decreto Provincial Nº 429 de fecha 18 de abril de 2013, que luego de su tratamiento por la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 9 de octubre de 2013, motivó el dictado de la Resolución Nº 992 de fecha 9 de octubre de 2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA que prorrogó el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía, a las producciones bovina, ovina y caprina de los Departamentos de Adolfo Alsina, Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu desde el 22 de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013 y declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía, a las producciones bovina, ovina y caprina en el Departamento General Roca, desde el 22 de abril de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.

Que la Provincia de RIO NEGRO solicitó a la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 30 de septiembre de 2014 que en virtud de lo dispuesto por el citado Decreto Provincial Nº 197/14 y la mencionada Resolución Nº 922/13 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se prorrogue el estado de emergencia y/o desastre agropecuario indicado en el primer considerando, desde el 1 de enero de 2014, dentro de los términos de la Ley Nº 26.509.

Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, analizó lo ocurrido y recomendó prorrogar desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones agropecuarias dedicadas a la ganadería bovina, ovina y caprina afectadas por la sequía en los Departamentos Adolfo Alsina, General Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio Oeste, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley Nº 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas.

Que la citada Comisión estableció que los ciclos de las producciones afectadas finalizarán el 31 de diciembre de 2014 para todas las actividades de las zonas indicadas en el citado Decreto Provincial Nº 197/14.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:

Artículo 1° A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dése por prorrogado en la Provincia de RIO NEGRO el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014 a las explotaciones dedicadas a la ganadería bovina, ovina y caprina afectadas por sequía, de los Departamentos de Adolfo Alsina, General Conesa, Pichi Mahuida, Avellaneda, General Roca, El Cuy, Valcheta, San Antonio, 9 de Julio, 25 de Mayo, Ñorquinco y Pilcaniyeu.

Art. 2° Determínase que el 31 de diciembre de 2014 es la fecha de finalización del actual ciclo productivo para las producciones de las áreas citadas en el Artículo 1° de la presente resolución, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Art. 3° A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

Art. 4° Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509.

Art. 5° La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Carlos H. Casamiquela.